Así es la verdadera e incongruente metodología que utilizó el Gobierno para recortar a las renovables

Un informe pericial analiza los parámetros a la fotovoltaica, dados a conocer por el Ministerio en el Supremo,

Planta fotovoltaica de Conergy en Murcia.

El pasado 16 de junio de 2014, el Gobierno aprobó la Orden IET 1045/2014 por la que establece los valores retributivos para cada instalación de producción eléctrica “tipo” de renovables, cogeneración y residuos, de forma que cada una de ellas alcance al final de su vida útil una rentabilidad razonable, fijada en el 7,398% antes de financiación e impuestos.

Gracias a la información que el Tribunal Supremo solicitó al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, sobre la que se basó para realizar la Orden (los dichosos informes de las consultoras y cientos de documentos más), se ha podido conocer la verdadera metodología que el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía (IDAE) utilizó para realizar las 1.700 páginas de Orden de retribuciones.

Se trata del Documento 188 “Hojas Cálculo IT SFV”. Este informe estaba dentro de la carpeta relativa a la tecnología solar fotovoltaica que sí aporta información adicional sobre los parámetros utilizados para cada instalación tipo. Al menos en lo que se refiere a las hipótesis de costes por partida. Este informe analiza la metodología utilizada para el establecimiento de los parámetros en el referido documento 188 y, por tanto, se refiere únicamente a la tecnología solar fotovoltaica.

Hasta ahora no se conocía la metodología. En la Orden no se detalla la metodología seguida para la determinación de los parámetros. Tan solo se muestran los resultados y, en el anexo VIII, los valores de inversión inicial y los totales de costes e ingresos por año.

Es por ello, que el experto y perito Alberto Ceña ha ampliado su informe pericial para el Bufete Holtrop y ha aportado una información al Tribunal Supremo hasta ahora desconocida y que no deja en buen lugar al Gobierno.

Según la ampliación del informe pericial, al que ha tenido acceso El Periódico de la Energía, la metodología utilizada por el Gobierno para llevar a cabo el recorte a la fotovoltaica está lleno de incongruencias.

El peritaje resalta que la metodología ha brillado por su ausencia en la Orden. Dice el informe pericial que “tan solo en algunos de los parámetros se cita como fuente “Dato Histórico CNMC”. Se trata en particular de la energía producida y de los ingresos derivados de la misma por cada una de las instalaciones tipo hasta el 13 de julio de 2013.

“En relación a estos datos históricos, se observa que la clasificación de instalaciones tipo efectuada resulta deficiente en cuanto a que no ha tenido en cuenta características básicas de las mismas que son determinantes para establecer su producción de energía. En particular, deberían haberse tenido en cuenta la potencia pico (esto es, la potencia máxima en condiciones estándar de laboratorio que pueden generar los módulos fotovoltaicos) y la ubicación de la instalación (al menos en cuanto a latitud y temperatura se refiere) para que los valores resultaran congruentes. Al no haberse considerado éstas, los parámetros resultan incongruentes”, explica el perito.

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FUENTE: http://elperiodicodelaenergia.com/asi-es-la-verdadera-e-incongruente-metodologia-que-utilizo-el-gobierno-para-recortar-a-las-renovables/


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