En concreto, el Constitucional ha acordado levantar la suspensión del artículo 167.1 de la Ley 2/2014 de Medidas Fiscales, Administrativas, Financieras y del Sector Público de Cataluña, conocida como ley de acompañamiento de los Presupuestos y donde figura la prohibición de la técnica de fractura hidráulica, según consta en el BOE de este viernes.
El Tribunal Constitucional ha levantado la suspensión aplicada en noviembre del año pasado sobre un artículo de la Ley 2/2014 de Cataluña en el que se prohibía la técnica de fractura hidráulica para la extracción de hidrocarburos no convencionales o ‘fracking’, en esta Comunidad Autónoma. En concreto, el Constitucional ha acordado levantar la suspensión del artículo 167.1 de la Ley 2/2014 de Medidas Fiscales, Administrativas, Financieras y del Sector Público de Cataluña, conocida como ley de acompañamiento de los Presupuestos y donde figura la prohibición de la técnica de fractura hidráulica, según consta en el BOE de este viernes. Además, en un auto dado a conocer este viernes, y al que ha tenido acceso Europa Press, el TC justifica su decisión en lo señalado en la nueva Ley de medidas fiscales aprobada hace unos días en el Parlamento de Cataluña, en la que el legislador catalán asume que esta técnica con sujeción a determinadas condiciones medioambientales “debe autorizarse de acuerdo con la legislación básica estatal”. Por ello, y al desaparecer el objeto del “incidente de suspensión”, el Pleno del TC ha dictaminado, con fecha de 17 de marzo, que debe levantarse la suspensión acordada hace unos meses respecto de determinados preceptos de la ley de medidas fiscales y administrativas catalana.
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Fuente: http://www.ecoticias.com/sostenibilidad/101907/cataluna-podra-prohibir-el-fracking
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